Derecho de Propiedad Intelectual
Contratos de franquicia y licencia de marca en Turquía: el marco legal
Publicado 13 de julio de 2026·6 min de lectura
Abog. Equipo Editorial Mona Hukuk - Antalya · Colegio de Abogados de Antalya
Cuando una cadena de cafeterías, una marca de comida rápida o un centro educativo abre una nueva sucursal en Turquía, detrás suele haber una relación de franquicia — y en el corazón jurídico de esa relación se encuentra una licencia de marca que permite usar el signo. Ya sea un titular de marca extranjero que franquicia en Turquía o una empresa turca que asume una franquicia extranjera, un contrato mal estructurado puede poner en riesgo tanto el carácter distintivo de la marca como la inversión comercial de ambas partes. ¿Cómo enmarcan entonces esta relación la Ley de Propiedad Industrial turca (Sınai Mülkiyet Kanunu, Ley n.º 6769, «SMK») y el Código de Obligaciones turco?
La base legal de la licencia de marca: el artículo 24 de la SMK
El fundamento de la licencia de marca en el Derecho turco es el artículo 24 de la SMK. Según este precepto, una marca puede ser objeto de licencia para una parte o para la totalidad de los productos y servicios para los que está registrada. Así, el titular puede licenciar la marca para una categoría de productos concreta o para todo su ámbito de registro.
Para ser válida, la licencia debe otorgarse por escrito. Pero aquí hay una distinción crucial: que el contrato sea válido entre las partes no equivale a que sea oponible frente a terceros. Conforme al artículo 148 de la SMK, la licencia se inscribe en el registro de la Oficina Turca de Patentes y Marcas (TÜRKPATENT) a solicitud de una de las partes y previo pago de la tasa. Los derechos derivados de una licencia no inscrita no pueden hacerse valer frente a terceros de buena fe. En la práctica, esto convierte la inscripción ante TÜRKPATENT no en un mero trámite, sino en un paso vital para proteger la posición del licenciatario.
Licencia exclusiva y no exclusiva
El artículo 24(2) de la SMK distingue dos tipos básicos de licencia. En la licencia exclusiva, el licenciante no puede conceder licencia a ningún otro y, salvo que se reserve expresamente el derecho, tampoco puede usar la marca por sí mismo. En la licencia no exclusiva, el licenciante conserva la facultad tanto de usar la marca como de conceder nuevas licencias a terceros.
La ley contiene una presunción importante: salvo pacto en contrario, la licencia es no exclusiva. Por ello, un franquiciado que quiera ser el único operador en un territorio determinado debe pactarlo expresamente como «licencia exclusiva»; de lo contrario, el titular de la marca conserva la libertad de autorizar a otros franquiciados en la misma zona. Además, conforme al artículo 24(3), salvo pacto en contrario el licenciatario no puede transmitir sus derechos ni conceder sublicencias.
Control de calidad: el deber de proteger el carácter distintivo
El artículo 24(4) de la SMK impone al titular de la marca una obligación específica: el licenciante debe adoptar las medidas que garanticen la calidad de los productos fabricados o los servicios prestados por el licenciatario. Este, a su vez, queda obligado a cumplir las condiciones del contrato; si no lo hace, el titular puede hacer valer directamente contra él los derechos derivados de la marca registrada.
Este precepto no es una mera preferencia comercial, sino una consecuencia de la propia naturaleza jurídica de la marca. El uso incoherente o de baja calidad debilita el carácter distintivo del signo ante los consumidores y, con el tiempo, lo diluye. Por eso, en los sistemas de franquicia, los manuales operativos, los derechos de auditoría y las especificaciones estándar son parte integrante del contrato; protegen la marca y dan forma concreta al deber de garantía de calidad del artículo 24(4).
Un contrato de franquicia es más que una licencia de marca
Un contrato de franquicia contiene una licencia de marca, pero es mucho más amplio. Un contrato de franquicia típico también regula: estándares operativos y reglas de negocio (transferencia de know-how, identidad de marca, protocolos de servicio), territorio y derechos de exclusividad, la estructura del canon de entrada (fee de franquicia) y del royalty sobre la facturación, formación y apoyo, la duración y las condiciones de renovación, y las cláusulas de no competencia y las restricciones posteriores a la extinción.
Turquía carece de una ley específica que regule la relación de franquicia. A diferencia de otros ordenamientos, en Turquía no existe una norma que exija un documento de divulgación (disclosure) obligatorio para la franquicia. En ese vacío, la relación de franquicia se rige por las disposiciones generales sobre contratos del Código de Obligaciones turco (Ley n.º 6098) — libertad contractual, principio de buena fe, reglas de extinción — y, en cuanto a la marca, por las disposiciones de licencia de la SMK. La naturaleza atípica (innominada) del contrato hace aún más importante que las partes plasmen cada punto por escrito de forma detallada y previsible.
Guía práctica para titulares extranjeros y empresas turcas
Para los titulares que franquician en Turquía desde el extranjero, el primer paso es asegurar el registro de la marca ante TÜRKPATENT; no es posible construir una licencia sólida sobre una marca no registrada. Una empresa turca que asuma una franquicia extranjera debe comprobar si la marca está realmente protegida en Turquía y si la licencia se inscribirá en el registro. Para ambas partes conviene fijar por escrito con claridad el alcance de la exclusividad, los mecanismos de control de calidad, la estructura del royalty y cómo cesará el uso de la marca al extinguirse el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio inscribir la licencia de marca en TÜRKPATENT? La licencia es válida entre las partes desde que se otorga por escrito; sin embargo, los derechos derivados de una licencia no inscrita no pueden hacerse valer frente a terceros de buena fe. Por ello, en la práctica se recomienda encarecidamente la inscripción.
¿Se considerará exclusiva mi licencia si no lo indico? No. Conforme al artículo 24(2) de la SMK, la licencia es no exclusiva salvo pacto en contrario. Si desea ser el único operador en un territorio, debe pactarlo expresamente en el contrato.
¿Existe una ley de franquicia independiente en Turquía? No. Turquía no tiene una ley específica de franquicia ni una obligación de divulgación obligatoria. La relación se rige por las disposiciones generales del Código de Obligaciones turco junto con las disposiciones de licencia de marca de la SMK.
¿Qué ocurre si el franquiciado usa la marca contraviniendo los estándares? Conforme al artículo 24(4) de la SMK, el titular está facultado para adoptar medidas de garantía de calidad y, si el licenciatario no cumple las condiciones del contrato, puede hacer valer directamente contra él los derechos derivados de la marca registrada.
Cómo puede ayudarle Mona Hukuk
La franquicia y la licencia de marca se sitúan en uno de los cruces más transitados entre el Derecho de propiedad intelectual turco y la práctica comercial. En Mona Hukuk asesoramos a titulares de marcas extranjeros que se expanden a Turquía y a empresas turcas que asumen franquicias extranjeras en el registro de marcas, la redacción de contratos de licencia, los trámites de inscripción ante TÜRKPATENT y el apoyo procesal en caso de litigio.
Para una consulta en Antalya, puede escribir a contact@monahukuk.com o llamar al +90 (242) 606 14 32.
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